La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la remoción de cuatro consejeros del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), sanción impuesta previamente por el Instituto Nacional Electoral (INE). La decisión deriva del nombramiento unilateral del titular de la contraloría del organismo electoral, una atribución que corresponde al Congreso de Michoacán, por lo que el Tribunal concluyó que los funcionarios actuaron fuera de sus facultades legales.
Al resolver las impugnaciones presentadas por los exconsejeros, el magistrado Felipe Fuentes sostuvo que el acuerdo del INE no tiene precedente, pero es jurídicamente válido porque ninguna autoridad puede ejercer atribuciones que la ley no le confiere. Agregó que la ausencia de un contralor no justificaba que el Consejo General invadiera competencias del Poder Legislativo estatal.
Con esta resolución, el TEPJF dejó firme la histórica destitución colectiva y el INE continuará con el proceso para designar a los nuevos integrantes del IEM. En la misma sesión, el Tribunal ordenó al órgano electoral de Oaxaca nombrar a una mujer al frente de su contraloría para cumplir con el principio legal de alternancia de género.
