El Diario Oficial de la Federación publicó un decreto que reforma los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal para ampliar la definición del delito de abuso sexual y precisar los criterios de consentimiento. La modificación fue promulgada por la presidenta Claudia Sheinbaum tras su aprobación en el Congreso y entrará en vigor el 14 de marzo.
De acuerdo con el nuevo texto legal, incurre en abuso sexual quien, sin consentimiento de la víctima y sin intención de cópula, realice actos de naturaleza sexual u obligue a una persona a observarlos o ejecutarlos. Además, se establece que los actos sexuales incluyen tocamientos, caricias, roces corporales o exhibiciones sexuales explícitas.
Asimismo, la reforma precisa que el consentimiento no puede deducirse del silencio, la pasividad o la ausencia de resistencia física. También incorpora agravantes y medidas de reparación del daño, además de sanciones administrativas para servidores públicos, profesionistas o ministros de culto que incurran en este delito.
