La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad el tope a las pensiones de los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al concluir que la medida es compatible con la Constitución y con los tratados internacionales de derechos humanos. El caso surgió a partir de una impugnación presentada por pensionados contra las disposiciones que limitan el pago simultáneo de pensiones por jubilación y por riesgo de trabajo.
El límite establece que el monto total de ambas pensiones no podrá superar el salario correspondiente a la categoría de Médico Familiar de ocho horas, el nivel más alto del tabulador del IMSS. Al resolver el amparo, el Pleno respaldó el proyecto del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz al considerar que la medida protege el derecho a una vida digna y, al mismo tiempo, contribuye a preservar la viabilidad financiera del sistema pensionario.
La Corte también determinó que las leyes pueden establecer límites razonables a las prestaciones, siempre que no afecten la suficiencia económica de los trabajadores. Con este criterio, concluyó que el esquema vigente mantiene un nivel adecuado de protección para las personas pensionadas y garantiza un equilibrio entre los derechos laborales y la sostenibilidad del sistema de pensiones.
